jueves, 11 de noviembre de 2010

PRECICIONES SOBRE CONVERSION DE PRONOE a CEBA Privado

Directiva Nº 22-2008-DPEBA/DIGEBA/VMGP-MED

Requisitos para la Conversión de los PRONOE de Gestión no Estatal evaluados satisfactoriamente a CEBA de Gestíon Privada.

  1. El proceso de conversión de los PRONOE de gestión no estatal a CEBA de gestión privada se autorizará mediante Resolución Directoral de la Dirección Regional de Educación correspondiente, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local.
  2. La conversión, se realizará de aquellos PONOE que han sido evaluados satisfactoriamente aprobada por Resolución Directoral Regional, año 2006.
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE CONVERSION PRONOE a CEBA - 2010
  • Recepción de expedientes: 02 al 05 de noviembre.
  • Evaluación de expedeintes y verificación de PRONOE por la UGEL: 08 AL 12 de noviembre.
  • Remitir el informe y expedientes a la DREL: 18 y 19 de noviembre.
  • Elaboración de informe y RDR de conversión en la DREL: 25 y 26 de noviembre

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